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lunes, 18 de abril de 2016

El 14 de mayo, vence el plazo establecido por el Ministerio del Transporte para que las empresas Transportadoras de Mercancías Peligrosas tomen las capacitaciones correspondientes, y

A MÁS DE $136.000.000 ASCIENDEN LAS MULTAS PARA LOS TRANSPORTADORES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS QUE TRANSITEN SIN CERTIFICACIÓN.

·       Este Curso avalado por el Ministerio del Transporte está dirigido a las empresas transportadoras y a los conductores que transporten mercancías peligrosas.
·       De manera permanente, CICCE dicta este curso, el cual, tiene una duración de 60 horas.
·           Quienes no tengan el certificado del curso pueden ser sujeto de multas o inclusive de inmovilización del vehículo, por parte de la Policía de transito.

Bogotá D. C., Abril de 2016. De manera permanente cada sábado de 7:00 am a 12 m y de 1 pm a 6 pm y en forma  intensiva en las noches de lunes a viernes de 5 pm a 10 pm, la Corporación Instituto Colombiano de Cualificación Empresarial CICCE, en la sede académica de la carrera 14ª a No. 70ª - 91, realiza el Curso básico obligatorio de capacitación para conductores que transportan mercancías peligrosas

Este Curso de modalidad presencial, tendrá una duración de 60 horas, repartidas en seis (6) sábados, o en 10 sesiones nocturnas (2 semanas), está dirigido a empresas de transporte, ya que es una obligación legal contar con la certificación del curso obtenido por entidades certificadas por el Ministerio del Transporte, antes que expire el plazo establecido, es decir, el 14 de mayo de 2016, de acuerdo con el Decreto 1609 de 2002 y la Resolución No. 0001223 de 14 de Mayo de 2014. Esta normatividad, estableció los requisitos técnicos y de seguridad que deben tenerse y aplicarse al desarrollo de la labor del transporte de mercancías peligrosas en el territorio nacional, a fin, de minimizar los riesgos y garantizar la seguridad, protección de la vida y el medio ambiente.

El NO CUMPLIMIENTO de la normatividad acarreará sanciones hasta de 200 SMLMV, es decir, un poco más de $136.000.000, sancionado por la Superintendencia de Puertos y Transporte, por no realizar, obtener o portar el Certificado del Curso Básico Obligatorio de capacitación para conductores que transiten con Mercancías Peligrosas Art. 14 Literal A Decreto 1609 de 2002 y reglamentado en la Resolución No. 1223 del 14 de mayo de 2016.

“Estos cursos, establece la normatividad vigente, deben ser realizados únicamente por las entidades  que indica la Resolución No. 0001223 de 14 de Mayo de 2014 y las personas certificadas deben ser registradas ante el Ministerio de Transporte, los conductores que transporten mercancías peligrosas deben portar los certificados de este curso a partir del 14 de Mayo de 2016. De lo contrario, esto puede generar multas e inmovilización de los vehículos por parte de la Policía de Tránsito,” explicó Claudia Milena Manjarrez, Directora Ejecutiva de la Corporación Instituto Colombiano de Cualificación Empresarial CICCE.

El curso consta de los siguientes módulos:

·       Principios y valores del factor humano aplicados en el transporte de mercancías peligrosas.
·       Conocimientos generales asociados al transporte de mercancías peligrosas.
·       Formación específica en mercancías peligrosas.
·        Instrucción en seguridad.


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